"La enumeración de las fuentes del derecho, tal como se encuentra en los pasajes de los jurisconsultos romanos, no se funda en una idea sistemática. Es mas bien una exposición de las formas exteriores del derecho sin referirse a su esencia, ni a su origen. La enumeración que, por lo demás, responde perfecta mente al espíritu practico de los romanos, servía al juez de indicación para saber en donde había de encontrar los medios para resolver una cuestión de derecho".(Savigny)
Una teoría sobre la naturaleza del Derecho no debe ser justificatoria, a lo que me refiero que no puede justificar alguna acción. Lo que debe hacer es explicar el derecho, debe ser así, porque, un rasgo del Derecho es que este pretende ser una razón para la acción. No una accion razonada.
Josep Aguilo Regla " Teoria general de las fuentes del Derecho ( y del orden juridico)" Ed: Ariel,2000.
Savigny, M.F.C. "Sistemas del Derecho romano actual" Centro editorial Góngora, Madrid, 2ª ed, tomo I.
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